Calendario de días inhábiles de la Administración de la Comunidad autónoma de la Región de Murcia para el año 2018

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La Dirección General de Función Pública y Calidad de los Servicios, órgano directivo de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, en virtud del Decreto 68/2017, de 17 de mayo, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, y de conformidad con las competencias que le atribuye el artículo 7, del mencionado Decreto, ha resuelto:

Primero.

Se aprueba el calendario de días inhábiles correspondiente al año 2018, para la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a efectos de cómputo de plazos.

Segundo.

A partir del 1 de enero de 2018, serán días inhábiles, en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a efectos de cómputos de plazos, además de los sábados y domingos, los siguientes:

a) En el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, aquellos días declarados como fiestas regionales recogidos en el apartado a) del artículo único de la Resolución de 29 de septiembre de 2017 del Director General de Relaciones Laborales y Economía Social.

b) En el ámbito territorial de las Entidades que integran la Administración Local los aprobados por cada Ayuntamiento y recogidos apartado b) del artículo único de la Resolución de 29 de septiembre de 2017 del Director General de Relaciones Laborales y Economía Social.

Los días inhábiles, a efectos de computo de plazos, a que se refiere el anterior punto a), especificado por meses, se recogen en el anexo I de esta Resolución.

Los días inhábiles, a efectos de cómputo de plazo, a que se refiere el anterior punto b) se recogen, para cada Ayuntamiento, en el anexo II de esta Resolución.

Tercero.

Disponer la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», que también estará disponible en el Portal de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (carm.es), así como en la Sede Electrónica de la CARM (sede.carm.es).

Cuarto.

La presente Resolución tendrá efectos desde el 1 de enero de 2018.

Más info.

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