Novedades laborales para 2019

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En el último Consejo de Ministros se aprobó el Real Decreto – Ley de Medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, que incluye novedades significativas en el ámbito laboral. A continuación analizamos algunas de las más destacadas.

La entrada del nuevo año ha venido acompañada de una serie de importantes medidas dentro del entono laboral. Algunas de ellas son:

  • Revalorización y mejora de pensiones: se establece una subida del 1,7% calculado desde diciembre de 2017 a noviembre de 2018, y se consolida en la pensión a partir del 1 de enero de 2019, sobre la que se aplicará la revalorización del 1,6%.
  • Tipos y Bases de cotización para el Régimen General: el tope máximo de la base de cotización se establece en 4.070,10 euros mensuales, lo que supone un incremento del 7%. En cuanto a la Tarifa de Primas de cotización por Accidentes de trabajo y Enfermedad Profesional, el tipo mínimo pasará a ser del 1,5%.
  • Pensión de viudedad: se aprueba aumento en 4 puntos del porcentaje de la base reguladora para el cálculo de la pensión de viudedad.
  • Normas de aplicación del Salario Mínimo Interprofesional: las normas locales y autonómicas referidas al SMI y los pactos entre privados referenciados a ese importe, no se verán afectados directamente por la subida del Salario Mínimo Interprofesional.
  • Cláusulas de jubilación forzosa: se habilita a los convenios colectivos para establecer cláusulas que posibiliten la extinción del contrato de trabajo por cumplimiento de la edad legal de jubilación.
  • Mejora de protección a los autónomos: la principal novedad la encontramos en la obligatoriedad de la cobertura de todas las contingencias. En cuanto a las aportaciones, se establece un incremento del 1,25% en la base mínima de cotización, que se fija en 944,40 euros. Y por último, en cuanto a la tarifa plana, si se cotiza por base mínima, se establece en 60 euros; si se cotiza por encima de base mínima, se reduce la cuota por contingencia común un 80% durante los primeros 12 meses.
  • Protección por desempleo: se prorroga el Subsidio Extraordinario por Desempleo, siendo este renovado semestralmente hasta que la tasa de desempleo se situara por debajo del 15%.

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