PREMIOS DE ARTESANÍA DE LA REGIÓN DE MURCIA

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Extracto de la Orden de la Consejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente por la que se convocan los Premios de Artesanía de la Región de Murcia.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Primero. Objeto de la Orden.

Aprobar la convocatoria de Premios de Artesanía de la Región de Murcia para el año 2019 en régimen de concurrencia competitiva para dar un reconocimiento institucional al más alto nivel a aquellas actuaciones reconocidas como excelentes y ejemplares en el campo de la artesanía, y de impulsar el desarrollo y la competitividad de artesanos, empresas, estudiantes y entidades u organismos públicos y privados para que se incentive la innovación, el diseño y la capacidad de adaptación al mercado en el mundo de la artesanía.

Segundo. Actuaciones objeto de galardón.

1. El Premio Regional de Artesanía reconoce el conjunto de una obra y carrera consolidada, comprensiva con los factores de competitividad según los criterios de evaluación contemplados en el Anexo I.1 de la Orden de bases. Podrán participar en esta categoría las personas físicas o jurídicas cuya actividad esté dedicada a la producción de artesanía en la Región de Murcia.

2. El Premio Producto Artesano reconoce aquellos productos o colecciones artesanas realizadas y comercializadas en los dos años anteriores a la fecha de publicación de la orden de convocatoria y que cumpla en mayor grado con los criterios de evaluación que se establecen en el Anexo I.2 de la Orden de bases. Podrán participar en esta categoría las personas físicas o jurídicas cuya actividad esté dedicada a la producción de artesanía en la Región de Murcia.

3. El Premio al Emprendimiento Artesano reconoce al emprendedor o empresa emprendedora que haya destacado por la introducción de nuevos conceptos en el sector artesano en cualquiera de las áreas relacionadas con el mismo, producto, distribución, comercialización, diseño, etc., reconociendo su capacidad de aportar soluciones novedosas que le hayan permitido posicionarse en el mercado, y que cumpla en mayor grado con los criterios de evaluación que se establecen en el Anexo I.3 de la Orden de bases. Podrán acceder a este premio las personas físicas o jurídicas cuya actividad económica en el sector de la artesanía sea realizada en la Región de Murcia con un recorrido formal inferior a cinco años desde la orden de convocatoria.

4. El Premio Promociona Artesanía para Entidades Privadas reconoce a las entidades u organismos privados que presenten programas, campañas o iniciativas de promoción de la artesanía, realizadas al menos, en el año anterior al de la fecha de publicación de la orden de convocatoria, y que cumpla en mayor grado con los criterios de evaluación que se establecen en el Anexo I.4 de la Orden de bases. Podrán acceder a este premio personas físicas o jurídicas privadas que actúen en la Región de Murcia que hayan contribuido de modo significativo a la promoción de la artesanía.

5. El Premio Promociona Artesanía para Entidades Públicas sin dotación económica, reconoce a entidades u organismos públicos que presenten programas, campañas o iniciativas de promoción de la artesanía, realizadas al menos, en el año anterior al de la fecha de publicación de la orden de convocatoria, y que cumpla en mayor grado con los criterios de evaluación que se establecen en el Anexo I.4 de la Orden de bases.  Podrán acceder a este premio entidades u organismos públicos que actúen en la Región de Murcia y que hayan contribuido de modo significativo a la promoción de la artesanía.

6. El Premio Belén Artesano reconoce aquellos productos o colecciones artesanas realizadas y comercializadas en los dos años anteriores a la fecha de publicación de la Orden de convocatoria y que cumpla en mayor grado con los criterios de evaluación que se establecen en el Anexo I.5 de la Orden de bases. Podrán participar en esta categoría las personas físicas o jurídicas cuya actividad esté dedicada a la producción de objetos artesanos para el Belén en la Región de Murcia.

7. El Premio de Artesanía de Alimentación reconoce aquellos artesanos y sus productos concordantes con los factores de competitividad según los criterios de evaluación contemplados en el Anexo I.6 de la Orden de bases.  Podrán participar en esta categoría las personas físicas o jurídicas cuya actividad esté dedicada a la producción de artesanía en la Región de Murcia.

8. El Premio Nuevos Talentos reconoce aquellos estudiantes que realicen estudios en cualquier Escuela o Universidad de la Región de Murcia según los criterios de evaluación contemplados en el Anexo I.7 de la Orden de bases.  Podrán participar en esta categoría todos los estudiantes matriculados en cualquier Escuela o Universidad de la Región de Murcia en estudios relacionados con la artesanía.

Tercero. Requisitos de los beneficiarios

1. Los candidatos deberán tener un establecimiento productivo o centro de actividad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, o realizar estudios en una de las Escuelas y/o Universidades de la Región de Murcia, según el caso.

2. Los candidatos de los siguientes premios: Premio Regional de Artesanía, Premio Producto Artesano, Premio al Emprendimiento, Premio Belén Artesano y Premio de Artesanía de Alimentación han de reunir los requisitos establecidos en el artículo 3.9 la Ley 1/2014, de 13 de marzo, de Artesanía de la Región de Murcia, modificada por la Ley 9/2015, de 24 de marzo.

3. No podrán ser beneficiarios de los premios regulados en esta Orden los solicitantes en quienes concurran algunas de las circunstancias enumeradas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en los supuestos que sean de aplicación.

Los candidatos no tendrán, con anterioridad a dictarse la propuesta de Resolución de concesión, deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que estén suspendidas o garantizadas, y deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La acreditación de dichos requisitos se realizará mediante la expedición de los certificados por los órganos competentes, en virtud de la autorización expresa del solicitante, recogida en la solicitud y declaración responsable conforme modelo de la Dirección General competente en materia de artesanía, que serán expedidos por el órgano instructor con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión.

4. No podrá optar a premio ninguna persona física o jurídica que haya sido sancionada con resolución que haya puesto fin a la vía administrativa, recaída en procedimiento sancionador seguido contra la misma por cualquiera de las administraciones públicas españolas, en los dos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas en la Orden de 17 de abril de 2019, de la Consejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de participación en los Premios de Artesanía de la Región de Murcia, publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 106 de 10 de mayo de 2019, y por las disposiciones de carácter básico establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; y por la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Quinto. Crédito presupuestario.

El crédito disponible y las aplicaciones presupuestarias para atender estas actuaciones será de 10.000 euros, que se imputarán a la aplicación presupuestaria Sección 16, Servicio 04, Programa 724B “Artesanía”, Subconcepto 489.01 “Premios y distinciones” Proyecto n.º 38859 “Obras singulares en materia de artesanía de la Región de Murcia”, subproyecto 038859080001.

Sexto. Cuantía de las ayudas.

1.- Los premiados en cada categoría recibirán un trofeo representativo y un diploma acreditativo de su condición.

2.- La dotación económica de las distintas categorías será la indicada a continuación, aplicándose a estas cantidades las retenciones fiscales establecidas por ley:

a) Premio Regional de Artesanía. 2.500 euros.

b) Premio Producto Artesano. 1.250 euros.

c) Premio al Emprendimiento Artesano. 1.250 euros.

d) Premio Promociona Artesanía para Entidades Privadas. 1.250 euros.

e) Premio Promociona Artesanía para Entidades Públicas sin dotación económica.

f) Premio Belén Artesano. 1.250 euros.

g) Premio de Artesanía de Alimentación. 1.250 euros.

h) Premio Nuevos Talentos. 1.250 euros. Esta cantidad económica se podrá distribuir entre los candidatos premiados en esta candidatura que considere el Jurado.

Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la publicación del extracto de la orden de convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia, 12 de junio de 2019.—El Consejero de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente de la Región de Murcia, Javier Celdrán Lorente.

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